Si en los próximas semanas tienes planeado realizar una boda civil o «matrimonio por lo civil», y deseas completar los gastos, es importante mencionar que puedes solicitar un retiro parcial por matrimonio.
El retiro parcial por matrimonio, es una prestación a la cual tienen derecho solamente los trabajadores del IMSS. Con el cual te pueden otorgar el dinero equivalente a 30 días de Salario Mínimo Vigente en la Ciudad de México.
El trámite para realizar el retiro de tu afore es gratuito, y a diferencia de otros retiros, como el de desempleo, no te descuenta de tus semanas cotizadas, e incluso puedes solicitarlo tiempo después de haberte casado.
Requisitos para solicitar retiro de tu Afore
Tener por lo menos 150 semanas cotizando ante el IMSS a la fecha de celebración del matrimonio.
No haber solicitado este derecho con anterioridad.
Estar vigente como asegurado. Si ya no estas laborando, tienes que demostrar que te casaste dentro de los 90 días hábiles contados a partir del día que te dieron de baja en la empresa que laborabas.
No haberse registrado con anterioridad ante el IMSS con algún conyuge.
En caso de haber contraído matrimonio con anterioridad, deberás comprobar la muerte del cónyuge o presentar el acta de divorcio y no haber sido registrado anteriormente como cónyuge en el Instituto.
Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado que será generado por tu AFORE
Trámite para el Retiro parcial por matrimonio
El trámite que debes seguir para realizar el retiro es el siguiente:
Acudir a la Unidad Médica Familiar del IMSS a la que se encuentre adscrito a solicitar la Ayuda para Gastos de Matrimonio y presentar:
Solicitud de Ayuda para Gastos de Matrimonio debidamente llenada y firmada (original y dos copias), que será proporcionada por el IMSS.
Identificación oficial vigente con firma y fotografía (original y copia), que puede ser:
- Credencial para votar
- Pasaporte
- Cédula de Identidad Personal
- Documento migratorio
- Credencial ADIMSS
- Cédula Profesional
- Cartilla del servicio militar
- Carta de Naturalización
- Tarjeta de residencia
- Acta de matrimonio en copia certificada (original y copia).
Cualquier documento emitido por la AFORE que administra la cuenta individual con una antigüedad no mayor a 6 meses (copia).
CURP (copia).
En caso de tener registrado a un cónyuge, concubina o concubinario diferente ante el Instituto, deberá presentarse acta de defunción, acta de divorcio o declaración escrita bajo protesta de decir verdad donde se manifieste que terminó la relación de concubinato.
Acudir a cualquier sucursal de la AFORE y presentar:
- Solicitud de Disposición de Recursos por Ayuda para Gastos de Matrimonio, debidamente llenada y firmada, que será proporcionada por la AFORE.
- Resolución de Ayuda para Gastos de Matrimonio.
- Estado de cuenta bancario a tu nombre, con Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) (opcional).
- Identificación Oficial, que puede ser:
- Credencial para votar
- Pasaporte
- Cédula de Identidad Personal
- Documento migratorio
- Cartilla Militar
- Matrícula Consular
Tomar en cuenta los siguiente puntos
Este trámite únicamente podrá efectuarse después de haber contraído matrimonio civil y puede solicitarse sólo una vez en la vida.
El documento emitido por el IMSS tiene una vigencia de 60 días hábiles.
Tras el pago de esta prestación no se descuentan semanas de cotización al trabajador.
No importa si ya tienes mucho tiempo casado, ya que el IMSS, no menciona ninguna restricción al respecto, por lo tanto, puedes solicitar esta prestación, siempre y cuando el matrimonio civil se haya celebrado a partir del 1° de julio de 1997.