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¿Cuáles son las novedades en la Factura Electrónica CFDI 3.3?

SAT reforma3

SAT reforma3

Desde que iniciara la Facturación Electrónica en México te hemos compartido varios post para que puedas integrar en tus sistemas las políticas que el Sistema de Administración Tributaria en México determinar para la generación y timbrado de CFDI’s.

En su versión 3.3 el SAT ha establecido diversos parámetros con los cuales pretende ir cerrando más la puerta a aquellas personas que intentan pasar por alto las leyes tributarias en México. A diferencia de otras versiones, en esta ocasión la versión 3.3 es obligatoria para todos los contribuyentes, no importa si son personas físicas o empresas, ni tampoco el monto de ingresos, o bien la actividad que realicen.

 

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Al igual que en otros meses los cambios el SAT los ha publicado en el Diario Oficial de la Federación, y los cambios que ha establecido para esta versión el SAT son los siguientes:

Novedades en los CFDI versión 3.3

  1. Debe verificarse la existencia y capturar de forma correcta el número de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del receptor y del emisor, para comprobar que el registro se encuentra activo y no está cancelado por la autoridad fiscal. Esta validación recaerá en quien emita el CFDI y en el Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).
  2. Fecha, hora y lugar de expedición. Estos campos deben ser congruentes entre sí. La validación de los CP se hará a partir del catálogo publicado por el Servicio Postal Mexicano (Sepomex) o del que el contribuyente haya proporcionado al solicitar su RFC.
  3. Es necesario incluir en el CFDI la clave con la que se identifica el tipo de factura y fin administrativo que se le dará, si es un ingreso, egreso, un traslado, nómina o pago.
  4. En esta versión se deberá especificar si la liquidación de la factura se efectúa en una sola exhibición o en parcialidades. Cuando se autoriza a meses, se debe emitir una primera factura por el valor total de la operación y luego se debe generar un CFDI por cada una de las parcialidades activando el complemento “recepción de pago”.
  5. La cantidad de decimales que se pueden expresar en el CFDI dependerá del tipo de moneda que se emplee. Esto está determinado en un catálogo al que se debe prestar atención.
  6. Tipo de cambio será requerido cuando la clave de moneda sea distinta de la moneda nacional (pesos). El valor debe reflejar el número de pesos que equivalen a una unidad de la divisa señalada en el atributo moneda.
  7. Se deberá dar cuenta de la forma de pago con la que se adquirieron los bienes o de la prestación de los servicios detallados en el CFDI. Aquí se pueden consultar las claves correspondientes a efectivo, cheque, transferencia electrónica u otro.
  8. Uno de los cambios más importantes en el uso de nuevos catálogos y plantillas (17 nuevos), es el de “productos y servicios”, ya que en esta versión del CFDI se tendrá que clasificar cada concepto a facturar con base en un catálogo con 52 mil 839 conceptos.
  9. Otro de los nuevos catálogos que sobresale es el de “uso CFDI”, ya que en esta versión se tendrá que indicar en el comprobante el uso que le dará el receptor (adquisición de mercancía, gasto, inversión de activo fijo, etcétera).
  10. Sellos digitales y cadena, cada uno de ellos alude al lenguaje único de cada CFDI.

Fuente | Dinero en Imagen